Sociedad

MASC y resolución de conflictos: la alternativa al juicio que gana protagonismo en España

Los Medios Adecuados de Solución de Controversias son, dicho en cristiano, todas aquellas vías que permiten resolver una disputa sin pisar una sala de juicio.

Pilar Camino 6 min de lectura

Hubo un tiempo en que cualquier desacuerdo terminaba igual: «nos vemos en los tribunales». Sonaba contundente, casi cinematográfico. El problema es que esa frase, llevada a la práctica, suele traducirse en meses (o años) de espera, montañas de papeleo y una factura que duele más que el propio conflicto. Por eso España ha decidido cambiar el guion, y los MASC se han convertido en los protagonistas de esta nueva etapa.

Los Medios Adecuados de Solución de Controversias son, dicho en cristiano, todas aquellas vías que permiten resolver una disputa sin pisar una sala de juicio. Negociación, mediación, conciliación, oferta vinculante confidencial… un abanico de fórmulas pensadas para que dos partes enfrentadas se sienten a hablar antes de declararse la guerra judicial. Y no es una moda pasajera ni un consejo bienintencionado: desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, intentar uno de estos métodos se ha vuelto un requisito previo para acudir a la vía civil y mercantil en buena parte de los asuntos.

Qué son exactamente los MASC

La idea de fondo es sencilla y, francamente, bastante lógica. Antes de que un juez tenga que dedicar su tiempo a decidir quién tiene razón en una disputa por una fianza de alquiler o una factura impagada, conviene que las partes hagan un intento serio de entenderse por su cuenta.

Bajo esa premisa caben varias modalidades. La mediación incorpora a un tercero neutral que ayuda a tender puentes. La conciliación busca un acuerdo con la intervención de un conciliador. La negociación directa entre abogados permite a los letrados de ambas partes buscar un terreno común. Y existe también la oferta vinculante confidencial, en la que una parte propone una solución concreta que, si se acepta, zanja el asunto.

Lo relevante es que no hace falta llegar a un acuerdo para cumplir con el requisito. Basta con acreditar que se ha intentado de buena fe. Quien se niegue en redondo a sentarse a hablar puede llevarse una sorpresa desagradable a la hora de repartir las costas del proceso.

Cuándo son obligatorios y cuándo solo recomendables

Aquí está la pregunta del millón, porque no todo el mundo está obligado a lo mismo. En términos generales, en los asuntos civiles y mercantiles (reclamaciones de cantidad, conflictos de arrendamientos, disputas entre particulares, problemas de comunidades de vecinos) acreditar el intento de un MASC se ha convertido en un requisito de procedibilidad. Traducido: sin ese trámite previo, la demanda ni siquiera arranca.

Quedan fuera de la obligación determinadas materias sensibles, como las relacionadas con derechos fundamentales, ciertos asuntos de familia o las medidas urgentes. En esos casos los MASC siguen siendo una opción recomendable, pero no un peaje obligatorio.

Como las dudas sobre la intervención de los distintos profesionales son constantes, resulta muy útil consultar este análisis sobre el papel del procurador en los MASC, que aclara una de las cuestiones que más controversia genera entre quienes se enfrentan por primera vez a este tipo de procedimientos.

Las ventajas que explican su éxito

Que un mecanismo se imponga por ley no garantiza que funcione. Lo que de verdad ha empujado a los MASC al primer plano son sus ventajas tangibles, y conviene enumerarlas sin adornos.

La primera es el tiempo. Un acuerdo alcanzado por mediación puede cerrarse en semanas, mientras que un pleito ordinario se mide en años. La segunda es el coste: menos tasas, menos pruebas periciales, menos horas de procedimiento y, en consecuencia, una factura mucho más amable. La tercera, y quizá la más interesante a largo plazo, es la preservación de la relación entre las partes. Cuando hablamos de socios, vecinos o familiares, llegar a un entendimiento sin pasar por la trituradora de un juicio tiene un valor que no aparece en ninguna sentencia.

Y luego está el beneficio para todos: la descongestión de los juzgados. Cada conflicto que se resuelve por la vía amistosa es un expediente menos en unos tribunales históricamente saturados. Ganan las partes, gana el sistema y, de paso, gana la paciencia colectiva.

El papel de los profesionales jurídicos

Conviene desmontar un mito: que los MASC sean alternativos al juicio no significa que uno deba afrontarlos solo, libreta en mano y buena fe por bandera. El acompañamiento profesional marca la diferencia entre un acuerdo sólido y uno que se desmorona al primer roce.

El abogado asesora sobre la estrategia, valora la viabilidad de cada propuesta y redacta los términos del posible acuerdo. Pero hay otra figura que suele pasar desapercibida hasta que el conflicto se judicializa: el procurador. Cuando el intento amistoso fracasa y el asunto acaba en los tribunales, este profesional se convierte en el enlace técnico con el juzgado, encargándose de la representación procesal, la presentación de escritos y el seguimiento riguroso de cada plazo.

Su intervención cobra especial importancia en la transición del MASC al proceso judicial, un momento delicado en el que un error de tramitación puede echar por tierra todo el trabajo previo. Despachos especializados como Sales Comas, una referencia entre los procuradores en Madrid, conocen al detalle ese terreno fronterizo entre la negociación y el litigio, y aportan la precisión procesal que estos casos exigen.

Un cambio de mentalidad más que de normativa

Lo más significativo de todo este movimiento no es la letra de la ley, sino el giro cultural que representa. Durante décadas, acudir al juzgado se vivió como la respuesta natural, casi refleja, ante cualquier desencuentro. Los MASC proponen invertir ese orden: primero hablar, después, si no queda más remedio, litigar.

No se trata de demonizar los tribunales, que cumplen una función imprescindible cuando el diálogo se agota. Se trata de reservarlos para lo que de verdad lo necesita y dejar de utilizarlos como primera y única herramienta. España llega a este punto con cierto retraso respecto a otros países europeos, donde la cultura del acuerdo lleva tiempo asentada, pero el rumbo está marcado.

Para particulares y empresas, el mensaje práctico es claro: ante un conflicto, la primera llamada ya no tiene por qué ser al juzgado. Quizá baste con sentarse, escuchar y poner sobre la mesa una propuesta razonable. Y si el acuerdo no llega, siempre quedará la vía judicial, esta vez con los deberes hechos y la conciencia tranquila de haberlo intentado.

Pilar Camino
Pilar Camino

Periodista onubense con alma curiosa y corazón local. Desde pequeña supe que quería contar historias, y hoy lo hago con pasión desde las calles de Huelva. He tr… Ver más

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